En Chivilcoy aclaraciones que no se si aclaran o confunden, pero que sin dudas aportan una experiencia interersante para poder compartir en el próximo Congreso Nacional de Seguridad Vial y Registral de Motovehiculos incluyendo a los cuatriciclos.
Informamos que el documento mencionado por el El director de Tránsito, Walter Lemme donde mención:
“La ley es muy clara, en el sentido que todo vehículo automotor que tenga su tarjeta verde o título correspondiente, que lleve carnet de conducir, que lleve casco y todos los elementos en regla, pueden circular correctamente”.
El titulo de propiedad no es documentacion que permite circular. Lo debe hacer con la cedula de identificación que menciona el art 22 del decreto ley de automotores.
Con relación a la siguiente pregunta y respuesta del mencionado Sr. Lemme le informamos que los cuatriciclos son considerados como Agricolas si disponen dispositivo de arrastre. de acuerdo a las dispocisiones del Registro de la Propiedad y también al codigo aduanero.
- ¿Con qué criterio se define como “maquinaria agrícola” a un cuatriciclo?
- Es algo que no se sabe. En su momento, cuando entraron venían con esa calificación, seguramente el que lo fabricó lo hizo para utilizar estos vehículos en el campo, pero luego el uso se generalizó.
Los invitamos a leer la nota completa deChivilcoy.com.ar
Aclararon que los cuatriciclos no deben ser considerados como “maquinas agrícolas”
El director de Tránsito, Walter Lemme, aclaró que los cuatriciclos encuadran en la categoría de motovehículos y no de “maquinarias agrícolas”, como se había informado en medios nacionales, lo que genera confusión.
Puntualizó que mientras el cuatriciclo sea tripulado por un mayor de edad, que tenga el título de automotor, su carnet, casco y no lleve a otro tripulante, puede circular sin ningún problema.
El funcionario remarcó que “toda ley es clara, pero sobre este punto se puede interpretar de varias formas, por ejemplo en la categoría donde dice ‘maquinarias agrícolas, Categoría F’, dice también ‘maquinaria agrícola, tractor’ y también ‘maquinarias especiales agrícolas’… En ningún momento se habla de cuatriciclos”.
“Lo que sí es cierto es que entraron al país partidas donde se señala a cuatriciclos como ‘maquinaria agrícola’. Entonces, al ser inscriptos en el Registro de Motovehículos, figura de esta manera y no le dan la patente correspondiente. De ahí la confusión”.
“Ese cuatriciclo, en algunos casos viene como tal. En la licencia de conducir se aclara que es para conducir motocicletas, triciclos y cuatriciclos, por eso entregamos carnet donde en la categoría A habilita a manejar estos vehículos. De lo contrario no figuraría en el categoría A, sino la F que es para maquinarias agrícolas”.
El director remarcó que en la ley se aclara que en la zona urbana no pueden conducir máquinarias agrícolas, por lo tanto tampoco podrían hacerlo los cuatriciclos. “La ley es muy clara, en el sentido que todo vehículo automotor que tenga su tarjeta verde o título correspondiente, que lleve carnet de conducir, que lleve casco y todos los elementos en regla, pueden circular correctamente”.
Lemme expresó que, de acuerdo a lo que se pudo informar, en varias ciudades están haciendo ordenanzas propias. “En algunas ciudades de la costa, prohibieron circular cuatriciclos en ciertas calles, pero sí en otras. No estoy deacuerdo con eso, o se prohíbe o no se prohíbe”.
- ¿Con qué criterio se define como “maquinaria agrícola” a un cuatriciclo?
- Es algo que no se sabe. En su momento, cuando entraron venían con esa calificación, seguramente el que lo fabricó lo hizo para utilizar estos vehículos en el campo, pero luego el uso se generalizó.
También es cierto que cuando se anota un vehículo como “maquinaria agrícola” paga un patentamiento y luego no paga más.
Mientras el cuatriciclo sea tripulado por un mayor de edad como corresponde, que tenga el título de automotor, su carnet, casco y no lleve a otro tripulante, puede circular sin ningún problema.
También es necesario hacer un llamado a los padres que compran cuatriciclos, porque vemos que muchos menores de 15 años andan ene stos vehículos y esto es lo preocupante.
Esto lo vimos, por ejemplo, en el barrio San Francisco, donde hay chicos de hasta 11 años andando en cuatriciclos. Entonces pasa por la conciencia de los padres.
Fuente: http://www.dechivilcoy.com.ar/?p=7948
NOTA Redacción. Motosdecalle.com.ar
Informamos que el documento mencionado por el El director de Tránsito, Walter Lemme donde mencion:
“La ley es muy clara, en el sentido que todo vehículo automotor que tenga su tarjeta verde o título correspondiente, que lleve carnet de conducir, que lleve casco y todos los elementos en regla, pueden circular correctamente”.
El titulo de propiedad no es documentacion que permite circular. Lo debe hacer con la cedula de identificación que menciona el art 22 del decreto ley de automotores.
Con relación a la siguiente preguntay respuesta del mencionado Sr. Lemme le informamos que los cuatriciclos son considerados como Agricolas si disponen dispositivo de arrastre. de acuerdo a las dispocisiones del Registro de la Propiedad y también al codigo aduanero.
- ¿Con qué criterio se define como “maquinaria agrícola” a un cuatriciclo?
- Es algo que no se sabe. En su momento, cuando entraron venían con esa calificación, seguramente el que lo fabricó lo hizo para utilizar estos vehículos en el campo, pero luego el uso se generalizó.















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